Queda aprobado en segunda lectura el código de trabajo
Santo Domingo.
El Senado de la República aprobó este martes en segunda lectura el proyecto de modificación al Código Laboral Dominicano, una reforma largamente debatida que busca actualizar las normativas laborales vigentes desde 1992.
La pieza legislativa, que ha sido objeto de consultas entre representantes del sector empleador, sindicatos y legisladores, contempla ajustes en materia de contrataciones, jornadas laborales, derechos sindicales, licencias y régimen de prestaciones laborales, aunque las calificaciones o promedio académico se tomará cómo discriminatorio en caso de ser requeridos para un puesto.
Durante la sesión, los senadores valoraron la importancia de adaptar el marco jurídico a las nuevas realidades del mercado laboral, garantizando mayores niveles de equidad y seguridad jurídica tanto para empleadores como para trabajadores.
Véase los artículos mas destacados del proyecto de reforma laboral:
- Artículo 3, excepto por la ley sobre la protección del trabajador, está prohibida cualquier discriminación en el ámbito laboral por motivos de sexo, género, edad, raza, origen, opinión política, militancia sindical, orientación sexual, discapacidad o creencia religiosa.
- El artículo 83, queda disuelto por la modificación al artículo 88, dónde se contempla cuándo el empleador puede finalizar el contrato laboral mediante despido.
- El artículo 511, está orientado a agilizar el proceso de conciliación, proponiendo plazos concretos para cada etapa del procedimiento. Establece tiempos definidos para la designación del juez conciliador, la notificación de la demanda y la citación a audiencia, asegurando que entre esta citación y la celebración de la audiencia transcurra un mínimo de ocho días francos.
- Artículo 722, el dinero que se recaude por concepto de multas será incorporado al presupuesto del Ministerio de Trabajo. Estos fondos se usarán para mejorar y fortalecer los servicios que este ministerio ofrece a la ciudadanía.
- Artículo 31, Los funcionarios públicos, tanto los que son elegidos por voto como los que son designados por el Senado o el Consejo Nacional de la Magistratura como ministros, viceministros, el gobernador del Banco Central, y directores o administradores de instituciones estatales podrán ser llamados a presentarse ante el Congreso si no entregan a tiempo los informes que la ley les exige, según lo dispuesto en el artículo 30.
- Artículo 34, el Senado, la Cámara de Diputados y sus respectivas comisiones tendrán el derecho de invitar a cualquier funcionario público para que explique temas relacionados con sus responsabilidades y funciones.
El proyecto será remitido ahora a la Cámara de Diputados para su revisión y posible aprobación definitiva.
En declaraciones posteriores, algunos legisladores destacaron que esta reforma representa un paso clave hacia un sistema laboral más moderno y competitivo, aunque sectores sindicales han manifestado reservas sobre algunos puntos sensibles, como la duración de la jornada y los mecanismos de despido.
La propuesta fue aprobada sin modificaciones respecto a la versión discutida en primera lectura, lo que podría facilitar su avance en la cámara baja.