Tribunal Superior rechaza recurso de Telemicro y ratifica decisión de INDOTEL sobre Canal 3 VHF
Santo Domingo, R.D. - El fallo del TSA ratifica la legalidad de la decisión de INDOTEL, la cual había sido apelada por Telemicro ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y reenviada para su reconsideración al tribunal administrativo.
Telemicro buscaba que la justicia revocara la resolución de INDOTEL, alegando que se desconocían derechos adquiridos previamente sobre el uso y explotación del Canal 3 VHF en tecnología digital. La empresa pretendía que se ordenara la emisión de la licencia definitiva correspondiente.
Sin embargo, INDOTEL defendió su postura, argumentando que la comunicación que Telemicro utilizaba como principal soporte jurídico, emitida en 2004, era un acto administrativo temporal y precario, válido únicamente para fines de prueba, no para una habilitación definitiva.
El tribunal acogió la defensa de INDOTEL. La sentencia determinó que las pruebas aportadas por Telemicro "no acreditan el cumplimiento de los requisitos técnicos y administrativos exigidos" por las normativas vigentes (Ley 153-98 y reglamentos).
El TSA declara legalidad de INDOTEL y rechaza cambio de Plan de Frecuencias
El TSA dictaminó que la Resolución núm. 080-2022 de INDOTEL se ajusta a los principios de legalidad, competencia y debido proceso, y que no existió vulneración a la seguridad jurídica ni desviación de poder.
Además, el tribunal rechazó el pedimento de Telemicro de que la justicia reconociera el derecho de uso y explotación del Canal 3 VHF y modificara el Plan de Frecuencias, recordando que esa facultad es exclusivamente administrativa de INDOTEL.
Finalmente, el tribunal validó la intervención voluntaria de la empresa FRANASYL, S.R.L., la cual había obtenido licencia para operar el Canal 3 virtual en noviembre de 2024, desestimando la objeción de Telemicro.