JCE advierte a Fuerza del Pueblo por marcha: Exhorta a evitar propaganda electoral anticipada
La medida se produce tras la "Marcha del Pueblo" del pasado domingo 30 de noviembre, que el órgano electoral consideró al borde de la propaganda anticipada.
Santo Domingo, R.D. - La máxima autoridad electoral del país respondió a la masiva movilización de la Fuerza del Pueblo en el Distrito Nacional, un evento que la propia JCE constató que fue convocado y promovido por el FP utilizando símbolos, colores y consignas abiertamente partidarias.
JCE intima a la FP a no confundir protesta social con propaganda política
ACTO DE INTIMACIÓN Y ADVERTENCIA
El Pleno del organismo electoral dispuso intimar formalmente al Partido Fuerza del Pueblo para que adopte las medidas necesarias que garanticen el cumplimiento de la Ley sobre Régimen Electoral. El documento precisa que la participación de dirigentes y militantes con elementos identificativos del partido podría configurar actos de naturaleza política fuera de los plazos permitidos.
La JCE recordó a la organización política que, si bien la Constitución garantiza el derecho a la manifestación pacífica, este ejercicio debe armonizarse con la Ley 20-23. El objetivo es claro: evitar que actividades de carácter social se "confundan" con propaganda electoral anticipada, un hecho que afecta directamente la equidad entre las organizaciones políticas.
Las posibles sanciones: Multas de hasta 200 salarios mínimos
El organismo electoral fue enfático al advertir que el incumplimiento de esta intimación podría tener consecuencias legales inmediatas. La JCE señaló que la inobservancia de su disposición podría derivar en la apertura de un procedimiento administrativo sancionador, el cual sería canalizado a través de la Unidad de Sanciones y Medidas Cautelares, conforme a las leyes 33-18 y 20-23.
La advertencia de la JCE detalló que, de verificarse nuevas acciones que constituyan infracciones, tanto el partido como sus dirigentes podrían enfrentar sanciones económicas significativas. Estas multas, según establece la Ley Orgánica del Régimen Electoral, pueden oscilar desde uno hasta doscientos salarios mínimos vigentes.